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Derechos de audiencia: Obligan a medios a distinguir entre noticias y publicidad

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La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) aprobó los nuevos lineamientos de los derechos de audiencia tras una consulta pública que generó críticas por posibles riesgos para la libertad editorial. 

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Ahora, el acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación establece obligaciones para radio, televisión abierta, televisión y audio de paga, además de programadoras.

Asimismo, las reglas buscan garantizar que las audiencias reciban información plural y oportuna, distingan información de opinión, identifiquen publicidad y ejerzan su derecho de réplica.

Sin embargo, la versión definitiva modificó disposiciones que habían provocado mayor controversia durante la consulta pública, particularmente aquellas relacionadas con veracidad, sanciones e intervención regulatoria.

La CRT eliminó referencias que obligaban a los medios a evitar información falsa, descontextualizada o presentada como actual cuando correspondiera a hechos históricos.

Además, el organismo aseguró que no revisará contenidos, decisiones editoriales ni determinará si una noticia resulta verdadera o falsa, una precisión relevante ante las acusaciones de censura. 

Publicidad deberá distinguirse de contenidos editoriales

Por otra parte, los lineamientos obligan a identificar patrocinios, mensajes comerciales, contenidos de marca y emplazamientos de producto para diferenciarlos claramente del contenido editorial.

En televisión, los espacios comercializados podrán identificarse mediante una mención o el símbolo “P”, mientras deberán informar al público sobre patrocinios al concluir.

Igualmente, radio y servicios de audio de paga deberán utilizar mecanismos que permitan distinguir los mensajes comerciales de los contenidos que reciben las audiencias.

Además, los medios deberán diferenciar información noticiosa de opiniones emitidas por conductores, comentaristas o informadores mediante recursos visuales o sonoros claramente identificables.

La medida busca reducir una práctica cuestionada durante años: presentar publicidad o contenido patrocinado con apariencia de información periodística sin advertirlo claramente al público.

Asimismo, las concesionarias y programadoras deberán contar con Códigos de Ética que establezcan principios, valores, identidad editorial y mecanismos para proteger los derechos de las audiencias.

Estos códigos también deberán contemplar protección para grupos vulnerables, no discriminación, prohibición de discursos de odio y violencia, además del respeto a la dignidad humana.

Por otro lado, la CRT informó que la consulta pública recibió 8 mil 889 comentarios, después de un proceso abierto entre el 27 de julio y 21 de agosto.

El dato resulta relevante porque las reglas definitivas incorporaron modificaciones después de las observaciones recibidas durante ese ejercicio, particularmente frente al temor de una intervención oficial sobre contenidos.

Defensores atenderán quejas de las audiencias

En tanto, cada medio deberá contar con una Persona Defensora de Audiencias, encargada de recibir, registrar, atender y dar seguimiento a inconformidades presentadas por televidentes y radioescuchas.

Las audiencias podrán presentar quejas cuando consideren que algún programa, contenido o publicidad vulneró sus derechos, siempre que identifiquen el material cuestionado y expliquen sus motivos.

Además, deberán presentar esas inconformidades dentro de los siete días posteriores a la transmisión del contenido, mientras la Defensoría contará con un plazo máximo de 20 días.

Si la Defensoría determina una vulneración, podrá recomendar al medio rectificar o modificar el contenido y establecer acciones correctivas conforme a sus mecanismos internos.

Sin embargo, la CRT aseguró que únicamente intervendrá cuando el medio incumpla el procedimiento de atención de las quejas o ignore las recomendaciones correspondientes.

En ese sentido, la autoridad pretende evitar que una queja quede archivada sin respuesta, pero mantiene en los medios la responsabilidad sobre sus decisiones editoriales.

Finalmente, los lineamientos entrarán en vigor 30 días naturales después de su publicación oficial, por lo que las empresas deberán ajustar procedimientos, códigos y mecanismos internos.

El debate, no obstante, continuará: aunque la CRT acotó sus facultades frente al proyecto original, la regulación mantiene obligaciones específicas sobre transparencia, publicidad, opiniones y atención ciudadana.

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Así, el reto será demostrar que los nuevos mecanismos protegen efectivamente a las audiencias sin convertirse en herramientas para presionar, condicionar o inhibir la libertad editorial.

Tags: audienciasconsulta públicadefensoresderecho de réplica.Informaciónlibertad editorialopinión
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