La LXIV Legislatura del Congreso del Estado de Hidalgo aprobó con 28 votos a favor la Ley en Materia de Desaparición de Personas en la entidad.
Esta contempla la creación de un Sistema de Búsqueda de Personas, un Registro Estatal Personas Desaparecidas, un Registro de Personas Fallecidas No Identificadas y No Reclamadas, un Banco de Datos Forenses y las Medidas de Reparación Integral del Daño a las Víctimas.
La Ley contiene 123 artículos, seis títulos y tiene como objeto establecer la coordinación y distribución de competencias entre el Estado y sus municipios para la búsqueda de personas desaparecidas y no localizadas.
Así como esclarecer los hechos para prevenir, investigar, sancionar y erradicar los delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares.
Define la labor y el objeto de la Comisión de Búsqueda de Personas, el Consejo Ciudadano y su integración, los Grupos de Búsqueda, las atribuciones de la Fiscalía Especializada, establece la búsqueda de personas y las medidas de ayuda, asistencia y atención.