En San Lázaro, los diputados aprobaron derogar, por unanimidad, el derecho de la mujer a que en caso de un divorcio le den la custodia automática de los hijos menores a siete años.
Los legisladores determinaron derogar el artículo 282 del Código Civil Federal, ya que contraviene a la Constitución, pues en el principio de igualdad entre hombre y mujeres, se señala que “el otorgamiento de guarda y custodia de un menor de edad no debe estar basado en prejuicios de género”.
Esta iniciativa ya se envió al Senado de la República para su análisis, la legisladora Taygete Rodríguez González, destaca que otorgar la custodia inmediata a la madre no necesariamente atiende al interés superior de los niños.
“En muchos casos esta decisión puede coincidir con el interés superior del niño o de la Niña, pero lo cierto es que una regla dictada en lo general para casos que deben resolverse en lo particular no necesariamente atiende al interés superior de los niños involucrados”, señaló la diputada
El dictamen advierte que la ley actual mantiene un pensamiento tradicional al considerar que la mujer debía ser la encargada del hogar y los hijos por cuestiones de género.
El pleno también aprobó una iniciativa para garantizar que tras un divorcio, el cónyuge que durante el matrimonio se haya dedicado preponderantemente al desempeño del trabajo del hogar y, en su caso, al cuidado de los hijos, obtenga el cincuenta por ciento del valor de los bienes.