Los usuarios de líneas de prepago cuyo número termina en 0 tienen hasta este sábado 15 de agosto para vincular su línea con su nombre y CURP. De no hacerlo, el servicio podrá ser suspendido dentro de las siguientes 72 horas.
Este sábado 15 de agosto vence el primer plazo establecido por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) para la vinculación de líneas telefónicas móviles que todavía no están asociadas con un titular.
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— CRTGobMX (@CRTGobMX) August 13, 2026
La CRT invita a usuarios a vincular su línea celular con terminación 0 para evitar suspensión del servicio; no habrá prórroga.
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La medida aplica en esta primera etapa a las líneas de prepago cuyo número celular termina en 0. Los usuarios que se encuentren en este supuesto deberán completar el proceso de registro para evitar una eventual suspensión de sus servicios.
¿Qué pasa si no registro mi celular?
De acuerdo con la información de la CRT, las líneas que no sean vinculadas dentro del periodo correspondiente podrán ser suspendidas en un plazo no mayor a 72 horas después de que concluya la fecha límite.
La suspensión implica la deshabilitación de los servicios habituales, como llamadas, mensajes SMS y datos móviles. Sin embargo, permanecerán disponibles algunos servicios esenciales, entre ellos las llamadas de emergencia y determinados servicios de atención ciudadana.
La suspensión tampoco significa que el usuario pierda inmediatamente su número telefónico. La línea podrá regularizarse posteriormente mediante el proceso de vinculación correspondiente.
¿Cómo puedo registrar mi línea?
El trámite puede realizarse mediante el sitio habilitado por la CRT para la vinculación de líneas: registratulineacrt.gob.mx.
Para completar el procedimiento se solicitan principalmente los datos del titular, entre ellos:
- Nombre completo.
- CURP.
- Número de teléfono que se desea vincular.
Una vez que la información sea validada correctamente, se genera un folio con los datos del registro.
La vinculación corresponde principalmente a las líneas de prepago que aún no están asociadas con un titular.
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Las líneas de pospago que ya fueron registradas a nombre de una persona al momento de su contratación no necesitan realizar nuevamente el proceso, salvo que el operador indique lo contrario.











